Reforma tributaria y vivienda
El ejecutivo encabezado por Mariano Rajoy ha aprobado una nueva legislación en materia de tributación que afectará al sector de la vivienda, más allá de los nuevos tipos impositivos.
Esta reforma introduce novedades destacadas en el ámbito inmobiliario, como es la eliminación de las correcciones monetarias y los coeficientes de abatimiento, aplicables a las transmisiones de bienes comprados antes de 1995.
Así, aquellos contribuyentes que deseen vender un bien adquirido antes de esta fecha deberá saber que su factura fiscal será más reducida en 2014 que en 2015. Se trata de una de las consecuencias de la medida. La misma es debida a que la modificación genera una tributación más alta en el futuro impuesto de la renta que en el actual.
Pero, ¿qué efectos tiene hoy esta decisión en términos prácticos? En primer lugar, ello implica que las grandes ganancias generadas antes del 20 de enero de 2006 cuentan con unos porcentajes de reducción por año de permanencia en el patrimonio que exceden de dos –desde la compra hasta el último día de 1996– y de los porcentajes –de entre el 11,1 por ciento, el 25 por ciento de acciones admitidas a negociación en mercados secundarios oficiales y el 14,28 por ciento para el resto de elementos-.
Todas estas reducción son suprimidas con la reforma actual, por lo que es interesante tener presente que es más provechoso el actual sistema para aquellas adquisiciones producidas con fecha anterior al 31 de diciembre de 1994.
La situación se prolongaría incluso si la reforma mantuviera la corrección monetaria. Así, la operación el año próximo supondrá una cuota superior, por lo que el ahorro sería menor y el pago de 27.086 euros, notablemente superior en comparación con los 11.000 euros del sistema actual.
Los inmuebles afectados son aquellos comprados antes de 1995, debido a que se produce un vencimiento de los coeficientes de corrección de la inflación, además de los de abatimiento. Estos indicadores eran los responsables que permitían reducir una parte de la ganancia patrimonial, la cual había sido generada hasta enero de 2006.
La actualización, por tanto, se aplica sobre el importe real de la adquisición, en función del año en que esta se ha materializado, así como sobre el valor del impuesto de sucesiones y donaciones, también a partir de esa fecha.
Esta medida se produce después de que el Ministerio de Hacienda eludiera la actualización del IRPF a efectos de inflación, lo que ha motivado un alza impositiva de veinte años. Así, la plusvalía a la que tendrán que pagar tributa a entre el 20 y el 24 por ciento en 2015 y entre el 19 y el 23 el siguiente ejercicio.
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